Abierto el plazo para solicitar a las ayudas del Plan Renove vehículos Andalucía para autónomos

Los profesionales deben pedir el incentivo a través de una plataforma telemática habilitada por la Agencia Andaluza de la Energía, entidad que gestiona el programa

La ventanilla de presentación de las solicitudes de ayudas al Plan Renove vehículos Andalucía para profesionales autónomos para la adquisición de un vehículo nuevo de alta eficiencia no eléctrico ya está disponible. Estas solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta que se agote el presupuesto (dotado con cinco millones de euros) con el que cuenta este programa, gestionado por la Agencia Andaluza de la Energía, entidad adscrita a la Consejería de Industria, Energía y Minas.

Para optar a estos incentivos, el profesional autónomo debe acceder directamente con su certificado digital, sin intermediación de entidad colaboradora, a la aplicación 100% telemática que ha habilitado la Agencia en su página web y cumplimentar el formulario de solicitud. La comprobación de los requisitos la realizará posteriormente la Administración autonómica de manera automatizada, por lo que no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

Si la persona solicitante cumple con todos los requisitosen el plazo de un mes desde la admisión a trámite del expediente, la Agencia notificará electrónicamente la concesión de la ayuda, abonando el incentivo en la cuenta bancaria indicada en la solicitud. Para ello, es necesario que la cuenta esté dada de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Tesorería de la Junta de Andalucía y vinculada a la persona solicitante.

El beneficiario dispone así de un plazo máximo de seis meses no ampliables, desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión, para ejecutar la actuación incentivada si aún no lo hubiera realizado, como pagar y matricular el vehículo nuevo y achatarrar el antiguo.

Finalizado el plazo de ejecución, se deberá presentar la documentación de justificación en un plazo improrrogable de cuatro meses, cumplimentando el modelo de cuenta justificativa simplificada disponible en el aplicativo de tramitación. En el caso de una compra directa, también deberá aportar la factura del vehículo y el comprobante del gasto, mientras que si se ha adquirido mediante 'renting' o 'leasing', deberá aportar el contrato. Si no se cumplen o acreditan documentalmente los requisitos en tiempo y forma, se deberá reintegrar la ayuda.

Asimismo, será necesario conservar todos los documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones del programa durante cinco años, y ponerlos a disposición de la Agencia en caso de ser requeridos, ya que la Administración realizará comprobaciones de los expedientes mediante muestreos.

Requisitos de las ayudas

Con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2026, el programa financia la adquisición directa, o por medio de 'leasing' financiero o arrendamiento por 'renting'de turismos (vehículos M1) o furgonetas (vehículos N1 de MTMA no superior a 3.500 kilogramaos), con un valor de emisiones iguales o inferiores a 120 g CO2/km.

Para acceder a las ayudas, es necesario también achatarrar un vehículo con ITV vigente, matriculado en España con una antigüedad de, al menos, 10 años, cuya baja puede haberse realizado desde el 1 de enero de 2026, no antes. Asimismo, la persona beneficiaria debe ostentar la titularidad con anterioridad al 12 de marzo de 2026.

Este programa incentiva un único vehículo nuevo no eléctrico matriculado en España por profesional autónomo, que debe tener domicilio fiscal o un establecimiento en el territorio de la comunidad autónoma, y estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El precio máximo de adquisición es de 35.000 euros (IVA excluido), y el punto de venta o concesionario debe estar ubicado físicamente en Andalucía.

Lista de reserva provisional

En el caso de que se agotasen los fondos, las solicitudes se podrán seguir registrando en una lista de reserva provisional, y serán admitidas, por orden de entrada, si se liberara presupuesto o se incorporara nuevo crédito a la convocatoria.

La inclusión en la lista de reserva no genera ningún derecho hasta que no se valide la solicitud por parte de la Agencia Andaluza de la Energía, hecho que le será comunicado a la persona solicitante mediante una notificación telemática de admisión a trámite del expediente.

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