La Audiencia de Sevilla absuelve al expresidente de Invercaria por los préstamos a Operador Aéreo Andalus
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto al expresidente de Invercaria y a otras cuatro personas en la pieza separada del caso por los préstamos concedidos a la empresa Operador Aéreo Andalus, al no apreciar delitos de prevaricación ni de malversación de fondos públicos.
Un proyecto que fue considerado viable
La sentencia concluye que la iniciativa empresarial fue un proyecto real y serio, nacido en una etapa en la que la economía aún mostraba signos de expansión. El tribunal señala que la propuesta fue analizada por los departamentos técnicos correspondientes, contó con informes previos y recibió asesoramiento jurídico antes de formalizarse los préstamos participativos.
La empresa obtuvo incluso la licencia de explotación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y llegó a operar vuelos, transportar decenas de miles de pasajeros y facturar varios millones de euros antes de cesar su actividad en 2010.
Los préstamos bajo la lupa judicial
Invercaria concedió dos préstamos participativos a la mercantil, uno de algo más de 400.000 euros y otro posterior de 700.000 euros, además de una pequeña entrada en el capital de la sociedad. La Audiencia considera probado que estas operaciones se ajustaron a los procedimientos internos y que estuvieron respaldadas por informes técnicos y garantías personales de los socios.
El tribunal subraya que no se ha acreditado que el dinero público se destinara a fines distintos del propio proyecto empresarial.
Por qué fracasó la aerolínea
La resolución judicial apunta a varios factores que explican el fracaso de la compañía: el retraso en la obtención de licencias, los gastos generados durante el periodo de inactividad, la falta de inversión de algunos socios y el impacto de la crisis económica de aquellos años.
Estas circunstancias llevaron finalmente al cese de las operaciones, pero, según la Audiencia, no pueden interpretarse como consecuencia de una actuación ilegal en la concesión de las ayudas públicas.
Sin delito de prevaricación ni malversación
Los magistrados concluyen que no hubo una actuación arbitraria ni un uso indebido de fondos públicos, ya que el proyecto fue estudiado, documentado y controlado por distintos organismos. Por ello, absuelven a todos los acusados de los delitos que se les imputaban.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.