La Diputación relanza en 2026 el Fondo Financiero Extraordinario de Anticipos Reintegrables

Con el que pondrá a disposición de las Entidades Locales un importe que ascendería a los 64,9 millones

La Diputación de Sevilla relanza en el ejercicio 2026 el Fondo Financiero Extraordinario de Anticipos Reintegrables a Ayuntamientos, Entidades Locales Autónomas, Mancomunidades y Consorcios de la provincia de Sevilla, cuyas Bases reguladoras han sido aprobadas hoy por el Equipo de Gobierno provincial y que serán conocidas por el Plenario de la Institución el próximo jueves 26, en su sesión ordinaria.

El FEAR 2026 se activa con una cuantía inicial de 25,9M€, y que una vez aprobada la liquidación del Presupuesto 2025 se podrá ampliar hasta los 64,9M€, con una estructura financiera en la que los anticipos a largo plazo alcanzarían un máximo de 49,9M€, y de 15M€ para los anticipos a corto plazo, de los que el Organismo Provincial de Asesoramiento Económico y Fiscal, OPAEF aportaría 9M€.

El FEAR 2026 es un instrumento destinado a municipios, ELAs, mancomunidades y consorcios, que tienen delegadas en el OPAEF toda o parte de su gestión tributaria y de recaudación, con cuyos recursos se garantiza la devolución de los anticipos.

“Se trata de una herramienta esencial para la asistencia financiera de la Diputación a las entidades locales, por la que ediles y responsables locales muestran interés anualmente y que nos permite mantener el apoyo a las necesidades que nos plantean los municipios de la provincia”, explica la diputada de Hacienda, quien señala las dos características fundamentales que estos fondos han mantenido desde su creación: la materialización de una ayuda monetaria única y sin coste de intereses para las entidades beneficiarias.

TRES LÍNEAS DE ANTICIPOS REINEGRABLES

Una colaboración financiera de la Diputación en la que se establecen tres líneas de actuación en las modalidades de anticipos reintegrables, que no son excluyentes aunque las Bases fijan que las entidades solicitantes establezcan su orden de prelación, y se fija además una cuantía máxima que cada entidad puede solicitar y que no puede exceder de los 3M€, “a fin de que se alcance una distribución equitativa entre los adjudicatarios”, apunta Márquez.

Una primera línea destinada a la Financiación de inversiones, con un plazo máximo de reintegro de 110 mensualidades, que se amplía a un máximo de 220 mensualidades si el FEAR se ha solicitado para la adquisición de terrenos y bienes inmuebles.

La línea 2 está destinada a la Sustitución de operaciones de crédito a largo plazo, con un plazo máximo de reintegro equivalente a la vida media de la operación a refinanciar, en caso de sustitución colectiva, o al periodo pendiente de amortización de la operación a refinanciar, si la sustitución fuese individual, en ambos casos, expresado en mensualidades.

Por último, la Línea 3 tiene como objetivo la atención de las Necesidades transitorias de Tesorería, para las que se establece un plazo máximo de devolución de 11 meses por parte de las entidades.

La fecha límite que tienen las entidades locales para la presentación de solicitudes al FEAR 2026 se amplía al próximo 3 de noviembre y, al tratarse de una convocatoria abierta, se promoverá preferentemente la resolución de la concesión de las solicitudes presentadas mensualmente por parte del Área de Hacienda.

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