Últimas semanas para que los ayuntamientos opten a las subvenciones de la Diputación de Sevilla para impulsar la VPO
Los ayuntamientos tienen dos semanas más, hasta el día 25 de agosto, para solicitar las subvenciones de la Diputación de Sevilla destinadas a inversión en vivienda municipal protegida, la apuesta más novedosa del Programa Sevilla 2030 puesto en marcha por la institución. El plazo se abrió el 21 de julio, tras las publicación de las bases en el BOP, e inicialmente estaba previsto que acabara el día 8 de agosto, aunque se ha prolongado para dar facilidades a los ayuntamientos en la elaboración de sus proyectos.
La Diputación destinará al programa un máximo de 100 millones de euros hasta el año 2029, de los que 30 millones se han previsto ya para el presente ejercicio, 2025. Con esta apuesta, el equipo que preside Javier Fernández quiere ir más allá del apoyo técnico que venía prestando a los ayuntamientos que lo solicitaban en materia de vivienda y responder a la creciente demanda ciudadana de inmuebles a precios asequibles, con medidas de respaldo económico a este tipo de actuaciones.
El reto es contribuir al ejercicio de la competencia municipal en la materia y que los ayuntamientos se doten de parques públicos suficientes para atender a los colectivos con más dificultades, así como facilitar la creación de hogares, aspectos clave para promover la cohesión social y territorial de la provincia.
Según destaca la diputada de Concertación, Marta Alonso Lappi, “el acceso a la vivienda es la principal preocupación de los ciudadanos y la Diputación ha decidido dar un paso al frente, un paso muy importante: porque ya no se trata solo de dar apoyo técnico a los ayuntamientos, sino de dar un respaldo económico, de aportarles fondos para invertir en vivienda protegida”.
Asimismo, ha recordado que el objetivo es que “los ayuntamientos impulsen parques públicos de vivienda adaptados a sus necesidades. Los precios del mercado libre impiden que muchos jóvenes y familias jóvenes emprendan su proyecto de vida. Y eso debe preocuparnos y ocuparnos a las administraciones locales. Por lo tanto, estamos convencidos que los ayuntamientos van a hacer un esfuerzo y van aprovechar esta oportunidad del Programa Sevilla 2030”.
PARA VENTA, ALQUILER O ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA
Tal y como se recoge en las bases, el programa cuenta con una línea de actuación para vivienda destinada al alquiler o al alquiler con opción a compra y otra línea para vivienda en venta. Podrá tratarse de Vivienda de Protección Oficial (VPO) de régimen especial o general.
La renta máxima de la vivienda destinada al alquiler no podrá ser superior a 350 euros al mes. Si es arrendamiento con opción a compra, la concertación de esta respetará las condiciones del plan de vivienda al que se acoja.
En el caso del alquiler, la Diputación subvencionará a los municipios un máximo del 50% del presupuesto estimado de cada proyecto, que puede ser gestionado directamente por el Ayuntamiento o por alguna entidad o sociedad de capital íntegramente municipal en cuyo objeto social conste la promoción de VPO, o bien mediante la colaboración público-privada.
Cuando la promoción esté destinada a la venta, el precio máximo de la vivienda no podrá ser superior a 115.000 euros, ya sean gestionados directamente por el Ayuntamiento o a través de sus entidades públicas dependientes o sociedades mercantiles de capital íntegramente municipal. La cuantía máxima subvencionable dentro de esta línea de venta será de 50.000 euros por cada vivienda.
Los adjudicatarios deberán estar inscritos en los respectivos registros municipales de vivienda.
TANTO OBRA NUEVA COMO REHABILITACIÓN PARA VPO
Se podrán subvencionar tanto obra nueva como rehabilitación de viviendas libres para su calificación como VPO. Los ayuntamientos tendrán 48 meses para realizar la actuación en terrenos o viviendas de titularidad municipal y que deberán tener disponibilidad para su inmediata edificación.
Otros requisitos que, según las bases del programa, los ayuntamientos deben cumplir son: tener aprobado el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida; contar con Plan Municipal de Vivienda y Suelo en vigor a la fecha de propuesta de resolución provisional de concesión de subvenciones; así como tener capacidad para financiar el coste que la actuación que cubra la Diputación.