La Junta delega en el Ayuntamiento de Sevilla la autorización de obras en el Conjunto Histórico
La Consejería de Cultura y Deporte ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 99, de 26 de mayo de 2026) la Orden para delegar en el Ayuntamiento de Sevilla la competencia para autorizar obras y actuaciones en los entornos de monumentos declarados Bien de Interés Cultural (BIC) en determinados sectores del Conjunto Histórico.
La iniciativa da respuesta a la solicitud realizada por el Consistorio hispalense a raíz de la aprobación el pasado 16 de abril en el Pleno municipal de la Modificación de determinados Planes Especiales y Catálogos de Protección del Conjunto Histórico de Sevilla. Los objetivos son mejorar la eficiencia en los trámites, eliminar duplicidades administrativas y agilizar la gestión en zonas de alta protección patrimonial.
El Ayuntamiento de Sevilla ya tenía delegadas las competencias para conceder licencias de obras en los entornos de BIC en aquellos sectores del Conjunto Histórico que contaban con Planes Especiales de Protección aprobados con posterioridad a la Ley 14/2007, del Patrimonio Histórico de Andalucía. Ahora se suman aquellos cuyos Planes Especiales se aprobaron antes de la aprobación de la citada norma.
La ampliación de la delegación de competencias al Consistorio hispalense se extiende a los siguientes sectores: 1 "San Gil-Alameda", 2 "San Luis”, 3 "Santa Paula-Santa Lucía", 5 "San Bartolomé", 9 "San Lorenzo-San Vicente", 9.1 "Los Humeros", 10 "Macarena", 12 "San Bernardo", 13 "Arenal", 13.2 "Plaza de Armas", 14 "Triana", 16 "San Julián-Cruz Roja", 17 "La Trinidad", 18 "San Roque-La Florida", 21 "Prado de San Sebastián", 24 "Porvenir", 25 "La Palmera", 27.2 Histórico" y 27.3 "Puerto".
De este modo, el Ayuntamiento podrá autorizar, a través de la Comisión Local de Patrimonio, las actuaciones en los entornos de los Monumentos declarados Bien de Interés Cultural de los citados sectores, con la excepción de aquellas intervenciones que supongan las demolición parciales o totales que afecten a inmuebles integrantes del entorno de Bienes de Interés Cultural.
Posteriormente, el Consistorio tendrá la obligación de comunicar a la Delegación Territorial las autorizaciones o licencias concedidas en un plazo máximo de diez días desde su otorgamiento. Por otra parte, la persona titular de la Delegación Territorial con competencias en patrimonio histórico deberá autorizar los cambios en la composición de la Comisión Local.