El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena de seis años de prisión impuesta a José Ángel B. G., quien ejercía como monitor y coordinador deportivo en un centro escolar de Sevilla. La sentencia ratifica cuatro delitos continuados de agresión sexual cometidos contra menores de edad. El tribunal considera probado que el acusado utilizó su posición de autoridad y la confianza depositada en él para realizar tocamientos a las alumnas, hechos que han sido validados judicialmente este 22 de abril.
Un patrón de conducta bajo apariencia de juegos
La resolución judicial detalla cómo el condenado atraía a las menores a dependencias del colegio, como su despacho o el almacén de material deportivo, bajo diversos pretextos. Una vez allí, realizaba actos de carácter sexual camuflándolos como masajes para curar lesiones o juegos físicos. El tribunal subraya que esta estrategia generó una ambigüedad que impidió a las víctimas comprender la gravedad de lo que sucedía en aquel momento, dándose cuenta de la agresión años después, tras abandonar el entorno escolar en Sevilla.
Credibilidad absoluta de los testimonios de las víctimas
A pesar de que el acusado alegó falta de pruebas y cuestionó la tardanza en las denuncias, los magistrados han otorgado plena validez a los relatos de las cuatro jóvenes. La sentencia describe sus testimonios como coherentes y rotundos, descartando cualquier motivo de venganza. El TSJA recalca que el paso del tiempo no resta veracidad a las declaraciones, sino que responde al proceso de maduración necesario para que las afectadas pudieran identificar y verbalizar los abusos sufridos durante su infancia.
Rechazo a la atenuante de reparación del daño
La justicia también ha desestimado la aplicación de una atenuante por el ingreso de 8.300 euros realizado por el condenado. El tribunal aclara que esta cantidad se depositó para cubrir la fianza y evitar embargos, y no como un gesto voluntario de compensación a las familias antes de la celebración del juicio. Con esta decisión, se mantienen las penas de cárcel y las indemnizaciones fijadas, aunque la defensa todavía dispone de la opción de elevar el caso mediante un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.