CSIF logra que la Justicia reconozca el derecho de un funcionario de la Junta a cobrar íntegramente los complementos en la paga extra

Una sentencia obliga a abonar a un trabajador de Granada las cantidades dejadas de percibir y reconoce que la Ley de Función Pública debe prevalecer sobre la regulación de presupuestos

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha conseguido una importante victoria judicial en defensa de los derechos retributivos del personal funcionario de la Junta de Andalucía. Un juzgado de Granada ha reconocido el derecho de un funcionario a percibir en su para extraordinaria la totalidad de los complementos retributivos previstos en la Ley de Función Pública de Andalucía, condenando a la Administración a abonarle las cantidades que dejó de percibir.

La sentencia, que ya es firme al no caber recurso, estima la demanda presentada por los servicios jurídicos de CSIF y concluye que la Junta de Andalucía no aplicó correctamente la normativa vigente al calcular la paga extraordinaria de junio de 2024.

En concreto, el juzgado considera que la Administración vulneró el principio de jerarquía normativa al aplicar las limitaciones recogidas en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma en lugar de lo establecido en la Ley 5/2023 de Función Pública de Andalucía, que dispone que las pagas extraordinarias deben incluir una mensualidad completa de las retribuciones básicas y de los complementos correspondientes.

Como consecuencia, la resolución judicial condena a la Junta a abonar al funcionario demandante la cantidad de 664,30 euros, más los intereses legales, correspondientes a la extra de junio de 2024. Además, reconoce que esta cantidad deberá incrementarse “con aquellas cantidades que se hayan devengado en las sucesivas pagas extraordinarias que no perciba correctamente”.

La magistrada señala en su resolución que “las pagas extraordinarias no pueden ser limitadas por normativas presupuestarias y deben incluir todos los complementos ordinarios, que deben ser respetados en el cálculo” y recuerda que la falta de desarrollo normativo por parte de la Administración no puede perjudicar a las empleadas y empleados públicos.

Para CSIF, esta sentencia supone un respaldo claro a la reivindicación que viene manteniendo desde la entrada en vigor de la Ley de Función Pública de Andalucía, al reconocer que las pagas extra deben calcularse conforme a lo establecido en dicha norma y no mediante una aplicación restrictiva que reduzca las cantidades a percibir por el personal.

El sindicato considera que esta resolución abre la puerta a que empleadas y empleados públicos de la Junta de Andalucía que se encuentren en la misma situación puedan reclamar las cantidades que correspondan y reitera su compromiso de seguir defendiendo, tanto en la negociación como en los tribunales, el cumplimiento íntegro de los derechos económicos del personal al servicio de la Administración.

Por último, la Central Sindical ha recordado que continuará impulsando cuantas actuaciones sean necesarias para garantizar que la Junta de Andalucía cumpla con la legislación vigente y evite que las empleadas y empleados públicos tengan que acudir a los tribunales para hacer valer sus derechos ya reconocidos por ley.

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