El TSJA ratifica la condena a un hombre por intentar robar en un coche en Sevilla

La Sala de lo Civil y Penal desestima el recurso de apelación del procesado tras ser sorprendido por los agentes cuando salía del automóvil con el interior revuelto en la avenida de la Maestranza Aérea tras saltar la alarma de una cafetería próxima
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la condena impuesta a Ricardo S. L. como autor de un delito leve de hurto en grado de tentativa tras desestimar el recurso de apelación presentado por su defensa. Los hechos ocurrieron el 19 de agosto de 2023 en Sevilla, cuando el procesado fue sorprendido por agentes policiales en el interior de un vehículo estacionado bajo una atenuante muy cualificada de drogadicción, según detalla la resolución judicial dictada el 10 de junio de 2026.

Intento de robo de madrugada

La intervención de las fuerzas de seguridad se desencadenó sobre las 05:09 horas tras activarse la alarma en una cafetería de la avenida de la Maestranza Aérea de Sevilla. Un desconocido había quebrado la persiana de seguridad y la cerradura del establecimiento cerrado para intentar apoderarse de objetos de valor, huyendo del lugar inmediatamente de forma precipitada.

Apenas seis minutos después, a las 05:15 horas, las dotaciones policiales desplazadas a la zona localizaron al sospechoso saliendo de un turismo Fiat Panda aparcado en la misma vía pública. El coche presentaba la ventanilla bajada y todo su interior revuelto, aunque el implicado no logró sustraer ningún efecto antes de su arresto.

Rechazo a la versión del acusado

La defensa del recurrente solicitaba la libre absolución argumentando que se había vulnerado la presunción de inocencia e intentó justificar que el procesado se introdujo en el habitáculo del automóvil únicamente con la intención de dormir. Los magistrados desestimaron de forma íntegra esta postura al otorgar total credibilidad al testimonio de los agentes actuantes.

El tribunal subraya que no existió ninguna duda en la convicción de la Audiencia Provincial de Sevilla, cuyo relato de los hechos probados es contundente. El fallo ratifica de este modo que la conducta estuvo guiada por el ánimo de lucro y que las capacidades intelectuales del autor se encontraban limitadas por el consumo previo de estupefacientes.

Ratificación de la condena penal

La sentencia dictada por el ponente Francisco Javier Zurita Millán confirma la pena de ocho días de multa con una cuota diaria de seis euros impuesta en la primera instancia judicial. El condenado deberá asumir la responsabilidad personal subsidiaria de privación de libertad en caso de impago y abonar la mitad de las costas procesales.

La resolución de la sala de apelación del alto tribunal andaluz, que mantiene el abono de los dos días de detención preventiva sufridos por el investigado en esta causa, declara de oficio las costas de esta segunda instancia y abre la vía para interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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