La Audiencia de Sevilla a un exdirectivo de la Junta y a un empresario en el caso ERE

El tribunal concluye que no existen pruebas suficientes para demostrar que el ex alto cargo de la Junta de Andalucía conociera las irregularidades procedimentales en la concesión de las ayudas, destacando que el acusado inició un proceso de investigación interna en 2010 para restablecer el orden
Juzgados Sevilla
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla sostiene que, pese a las graves irregularidades detectadas en la tramitación del expediente, las ayudas perseguían un fin público amparado por el programa 31L. Los magistrados señalan que el principio de legalidad impide considerar delictivas las ayudas sustentadas en leyes de presupuestos aprobadas por el Parlamento mientras estas no sean declaradas inconstitucionales. La sentencia subraya que el dinero público fue destinado exclusivamente a los trabajadores y extrabajadores de la empresa para cubrir sus indemnizaciones y salarios pendientes, sin que se acreditara la existencia de beneficiarios ajenos a la plantilla o la emisión de facturas falsas.

Contexto del expediente de regulación de empleo

Los hechos probados se remontan al 18 de julio de 2005, cuando la mercantil solicitó un ERE para diez trabajadores ante una grave crisis de liquidez. La empresa y los empleados acordaron reducir el coste salarial para garantizar la viabilidad del negocio y el mantenimiento del resto de la plantilla, compuesta por 23 personas. Para financiar las indemnizaciones se contrataron pólizas de seguros, cuyo pago fue asumido por la administración autonómica. Durante el proceso, debido a retrasos en los abonos, la empresa solicitó un préstamo bancario avalado por los propios empleados para asegurar que estos percibieran sus rentas.

Absolución del empresario acusado

Respecto al representante legal de Instaladora Moderna de Electricidad S.L., el tribunal ha acordado su absolución al considerar que no consta que conociera los pormenores e irregularidades en la gestión de las ayudas recibidas. La sentencia especifica que la intervención del empresario se limitó a presentar la solicitud y la documentación requerida, sin que colaborara en la disposición de fondos públicos ni influyera en el dictado de las resoluciones de concesión. Con este fallo, la Audiencia Provincial de Sevilla suma un total de 28 sentencias dictadas en piezas separadas de la macrocausa de los ERE, contra la cual cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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