Rebajan la pena a la mujer que vació las cuentas de su pareja fallecida en Sevilla

El proceso judicial concluye con una menor privación de libertad y una reducción de la indemnización a los herederos al demostrarse que los pagos de suministros domiciliados no integran el fraude de las retiradas masivas con tarjeta bancaria
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

La Justicia ha impuesto de forma definitiva diez meses de cárcel a una vecina de Sevilla que aprovechó el fallecimiento de su pareja sentimental para extraer de forma fraudulenta miles de euros de su cuenta bancaria. Los hechos, iniciados en septiembre de 2019, perjudicaron directamente a los tres herederos legales del difunto, quienes recibirán una compensación económica ajustada tras la revisión de los delitos en las máximas instancias judiciales de Andalucía.

Extracciones masivas en cajeros automáticos

Poco después de la muerte de la víctima a causa de una larga enfermedad, la condenada, identificada como Rocío R. T., comenzó a utilizar la tarjeta de crédito del fallecido. A lo largo de casi nueve meses, realizó hasta catorce operaciones de retirada de efectivo en diferentes terminales, obteniendo partidas de 600 euros en la mayoría de las ocasiones. Estas maniobras se materializaron sin ningún tipo de autorización y a sabiendas de que los fondos correspondían legítimamente a los hijos de su compañero.

Exclusión de los recibos previamente domiciliados

El reajuste en el castigo penal se produce al descartar como estafa el cobro de ciertos suministros en la vivienda que la pareja compartía. Inicialmente, durante la fase previa de instrucción en Sevilla, se incluyeron facturas de la luz y el teléfono por valor de 1.157 euros dentro del montante del fraude. Sin embargo, el desarrollo del proceso ha evidenciado que las cuotas de energía y telecomunicaciones ya se cobraban de forma automática en la cuenta antes del deceso, por lo que su mantenimiento temporal no conforma una acción punible.

Responsabilidad civil y reparación económica a las víctimas

Como consecuencia directa de esta corrección técnica, la cantidad total defraudada se ha establecido de manera firme en 8.489 euros con 73 céntimos. Esta constituye la cifra exacta que la acusada deberá abonar a los familiares en concepto de responsabilidad civil, descartando la suma de 9.646 euros exigida en un primer momento. El pago imperativo de esta indemnización busca reparar el daño patrimonial originado a los afectados durante la dura etapa de duelo tras la pérdida de su padre.

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