La Hermandad de la Soledad de Marchena convoca nuevas elecciones para el mes de septiembre
La Hermandad de la Soledad de Marchena ha convocado oficialmente un nuevo cabildo general ordinario de elecciones para el próximo 26 de septiembre, con el objetivo de elegir a la junta de gobierno que regirá la corporación durante los próximos cuatro años. Esta decisión, formalizada por la rectora y el consejo permanente, se produce después de que la anterior convocatoria electoral resultara infructuosa. La institución religiosa, vinculada también a la advocación del Santo Entierro de Cristo, ya ha comunicado por carta a todos sus hermanos el calendario íntegro del proceso de renovación de los cargos de máxima responsabilidad.
Calendario de candidaturas
El periodo para la presentación de aspirantes a rector quedará abierto el próximo 26 de junio y se extenderá durante dos meses, cerrándose de forma definitiva el 26 de agosto. Los candidatos que deseen concurrir a los comicios en Marchena deben cumplir estrictos requisitos de idoneidad marcados por la normativa diocesana, entre los que destacan ser mayor de 18 años, contar con al menos tres años de antigüedad en la nómina de la cofradía y residir en la localidad o en un área próxima que permita cumplir con sus obligaciones. Asimismo, se exige el certificado de situación canónica regular y no ejercer cargos de dirección en ningún partido político o de autoridad civil ejecutiva.
Exposición del censo electoral
A partir de la fecha de apertura de candidaturas, la secretaría confeccionará el censo oficial, que estará expuesto públicamente durante 20 días en las dependencias de la hermandad al objeto de poder subsanar posibles errores u omisiones. Tendrán derecho a ejercer su voto todos los miembros que, en el día señalado para la elección, hayan cumplido la mayoría de edad y sumen, como mínimo, un año de pertenencia ininterrumpida a la entidad. Tras el periodo de reclamaciones, el documento se enviará a la Vicaría General de la archidiócesis para nombrar a un representante eclesiástico encargado de presidir la mesa electoral.
Voto presencial y por correo
El sufragio se ejercerá mediante el sistema de papeletas de manera personal, siendo obligatorio exhibir el Documento Nacional de Identidad para introducir el voto en la urna. Las reglas también habilitan el voto por correo para aquellos hermanos que residan fuera del municipio y consten como tal en el censo, así como para los residentes locales que acrediten mediante certificado médico su incapacidad física para desplazarse. Para que la elección alcance validez, el escrutinio exigirá un quórum mínimo del 10% del censo en primera convocatoria; de no alcanzarse esta participación, se celebraría un nuevo cabildo a los 15 días con un umbral rebajado al 5% de los electores.