Un año de cárcel para un ex alto cargo de la Junta por una ayuda de los ERE en la provincia

El tribunal impone además cinco años de inhabilitación al antiguo responsable autonómico y le obliga a devolver los fondos públicos tras aplicar una atenuante muy cualificada por los 16 años transcurridos desde el inicio del fraude
Juzgados Sevilla
Juzgados Sevilla

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un año de prisión al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera por la concesión ilícita de una subvención vinculada al caso ERE. La sentencia del tribunal dictamina que el antiguo responsable es autor de un delito de prevaricación en concurso con malversación de caudales públicos por otorgar una ayuda de 37.500 euros a la empresa Fabricantes de Encimeras para Europa S.L. Los hechos enjuiciados se remontan al mes de septiembre del año 2010, una distancia temporal que ha llevado a los magistrados a aplicar una atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas por el retraso acumulado en la tramitación del procedimiento judicial.

Abono discrecional y sin control

El origen de la causa se sitúa en la solicitud excepcional que la entidad mercantil formalizó ante la Consejería de Empleo para afrontar problemas de liquidez y deudas acumuladas. La resolución judicial considera probado que el acusado dio orden de pago a la Agencia IDEA para transferir los fondos a pesar de ser plenamente consciente de que el expediente carecía de cualquier cobertura legal o fiscalización previa. El fallo insiste en que el ex alto cargo hizo prevalecer su voluntad de abonar la ayuda a toda costa, permitiendo el desvío de dinero público hacia una sociedad privada sin bases reguladoras, sin criterios de publicidad y de forma totalmente discrecional.

Devolución de los fondos y penas solicitadas

Junto a la pena de cárcel, la Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto al procesado cinco años de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público. Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, el condenado tendrá que indemnizar a la administración autonómica con 37.500 euros, el importe exacto que fue desembolsado de manera efectiva. Durante la celebración de la vista oral, la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular del PP-A llegaron a solicitar cuatro años y medio de prisión, mientras que la representación legal de la propia administración andaluza reclamaba una pena de dos años de cárcel.

Absolución del delito de falsedad

La resolución judicial ha descartado la comisión de un delito de falsedad documental al entender que la existencia de irregularidades en el expediente de la subvención no implica mecánicamente una alteración falsaria por parte del encausado. Los magistrados determinan que el formato empleado respondía a un modelo genérico de resoluciones de pago que se utilizaba habitualmente en la dirección general, lo que diluye la intervención directa del acusado en la redacción de los párrafos controvertidos. Contra este pronunciamiento judicial, las partes implicadas tienen la opción de interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.