El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la condena de cinco años y un día de prisión impuesta a un hombre por un delito continuado de agresión sexual cometido contra su nuera en Sevilla. Los hechos probados constatan que el agresor, Andrés F. C., aprovechó la convivencia en la vivienda familiar para someter a la víctima a diversos tocamientos no consentidos durante aproximadamente un año, generando un profundo trauma psicológico en la joven que derivó en múltiples intentos de suicidio.
El inicio del infierno familiar
La pesadilla comenzó en el verano del año 2012, cuando la víctima, que por entonces tenía 19 años, se trasladó a vivir al domicilio de los padres de su pareja sentimental en Sevilla. El relato de la Audiencia Provincial de Sevilla, ahora respaldado en su totalidad por la instancia superior, detalla que la relación inicial fue de aparente normalidad. Sin embargo, de forma progresiva, el condenado comenzó a aprovechar los momentos en los que se quedaba a solas con la joven para realizar acercamientos de índole sexual sin su consentimiento, abordándola incluso mientras dormía en el sofá para obligarla a tocarle.
Secuelas psicológicas severas
El silencio de la joven, motivado por el pánico a no ser creída por su novio y sufrir un rechazo, prolongó la situación de abuso continuado hasta que una escalada en la gravedad de las agresiones motivó que la pareja abandonara la vivienda familiar. Este prolongado escenario de violencia provocó en Y. H. A. un trastorno de estrés postraumático crónico. Los especialistas de la Unidad de Salud Mental del Hospital Virgen del Rocío le diagnosticaron un cuadro agudo de ansiedad y depresión, síntomas que se reactivaron bruscamente años después tras el nacimiento de su propia hija por el temor a que el abuelo pudiera tener acceso a la menor.
Desestimación del recurso
La defensa del acusado presentó un recurso de apelación exigiendo la libre absolución, fundamentando su petición en una supuesta ausencia de pruebas y en la negación tajante de los hechos. No obstante, la resolución judicial dictada el 10 de junio subraya la firmeza, coherencia y fiabilidad de la declaración de la víctima, avalada por los informes periciales y testimonios periféricos recabados. Además de la privación de libertad, la justicia impone al agresor el abono de una compensación de 20.000 euros por daños morales, así como una medida de libertad vigilada y una estricta orden de alejamiento durante los cinco años posteriores a la liquidación de su condena.