La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado una absolución previa y ha condenado a un acusado conocido como ‘petaquero’ a un total de doce años de prisión por distintos delitos relacionados con el narcotráfico, entre ellos la tenencia y el transporte ilegal de grandes cantidades de gasolina.
Una condena mucho más dura
La sentencia eleva de forma considerable la pena inicialmente impuesta por la Audiencia de Cádiz. Además de los delitos contra la salud pública y contrabando, el TSJA añade una condena específica por tenencia de sustancias inflamables, al considerar que los hechos encajan plenamente en el artículo 568 del Código Penal.
De esta forma, el tribunal pasa de una condena de cuatro años y medio a un total de doce años de prisión, teniendo en cuenta también la multirreincidencia del acusado.
1.300 litros de gasolina y hachís en una narcolancha
Los hechos se produjeron el 20 de febrero de 2024, cuando la Guardia Civil detectó varias embarcaciones semirrígidas amarradas a una boya. Al aproximarse las patrulleras, las narcolanchas emprendieron la huida y los agentes lograron interceptar al acusado en una de ellas.
En su interior se incautaron de hachís y de 52 garrafas de gasolina de 25 litros cada una, lo que supone un total de 1.300 litros de combustible, además de otros enseres utilizados para la actividad delictiva.
El tribunal: había un riesgo extremo para la seguridad pública
El TSJA considera probado que el acusado conocía perfectamente la peligrosidad del material que transportaba. Según recoge la sentencia, era consciente del carácter “extremadamente inflamable y volátil” de la gasolina y asumía ese grave riesgo durante la navegación.
El tribunal subraya que no es necesario que exista un peligro concreto o un uso posterior del combustible para que exista delito, ya que se trata de un delito de riesgo abstracto: basta con la posesión y el transporte en condiciones que ponen en peligro la seguridad pública.
Un cambio de criterio frente a la Audiencia de Cádiz
La Audiencia de Cádiz había absuelto al acusado de este delito concreto al entender que debía tratarse solo como una infracción administrativa. Sin embargo, el TSJA corrige ese criterio y deja claro que la norma penal es preferente cuando existe ese plus de riesgo y de conciencia del peligro.
La sentencia también destaca que este tipo de conductas se han multiplicado en los últimos años por la logística del narcotráfico marítimo, que necesita grandes cantidades de combustible en alta mar para alimentar las narcolanchas.
Aún cabe recurso ante el Supremo
Contra esta sentencia del TSJA cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que será quien tenga la última palabra sobre este endurecimiento del criterio penal frente al transporte de combustible vinculado al narcotráfico.