El jueves de Feria y el lunes posterior a la romería de Valme serán festivos locales en 2026 en Dos Hermanas

7 de mayo y 19 de octubre

El Pleno ordinario de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Dos Hermanas, presidido por el alcalde, Paco Rodríguez, ha aprobado hoy viernes por unanimidad las fiestas locales para el próximo año 2026.

Así, la propuesta presentada por la Teniente de Alcalde de Cultura y Fiestas, Rosario Sánchez Jiménez, para la designación de los dos festivos locales que deben incluirse en el calendario del próximo año 2026, ha incluido para su aprobación las siguientes fechas:

Jueves 07 de mayo.- Feria de Dos Hermanas, correspondiendo a la celebración de la misma desde el jueves 07 al domingo 10 de mayo.
Lunes 19 de octubre.- Lunes posterior a la Romería de Ntra. Sra. de Valme.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto 101/2025, de 14 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, publicado en BOJA 93, de 19 de mayo de 2025, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.

Para el año 2026 se declaran fiestas laborales propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con carácter retribuido y no recuperable, las siguientes fechas:

  • 1 de enero (jueves), Año Nuevo.
  • 6 de enero (martes), Epifanía del Señor.
  • 28 de febrero (sábado), Día de Andalucía.
  • 2 de abril, Jueves Santo.
  • 3 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo (viernes), Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto (sábado), Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre (lunes), Fiesta Nacional de España.

Como complemento de dicha Disposición procede dar cumplimiento a lo que establece el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, fijando las dos fiestas locales que deben incluirse en el Calendario para el próximo año 2026, los cuales se consideran inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, que ha de aprobar la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de la Junta de Andalucía.